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SCJN, rehén de la ideología de género – Opinión

by Redacción
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Oscar Sánchez Márquez

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió esta semana dos Acciones de Inconstitucionalidad  relacionadas con el delito de aborto en Coahuila y el derecho a la vida desde su inicio en la concepción en el estado soberano de Sinaloa, las cuales  marcan un parteaguas, por el impacto que tendrán en la vida cotidiana.

Un hecho queda claro: la SCJN es ahora rehén de la ideología de género.

Los proyectos de resolución aprobados que declaran inconstitucional la penalización del aborto en Coahuila y el derecho a la vida desde su inicio en la concepción en el estado de Sinaloa, como lo aprobaron sus respectivos Congresos locales,  están soportado sobre una argumentación jurídica que fue  ajustada, forzada incluso, a criterios ideológicos que privilegiaron lo políticamente correcto y una visión donde la vida humana en México para ellos dejó de set un valor supremo.

¿Quiénes son esos ministros? Son éstos:

José Fernando Franco González-Salas, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Luis María Aguilar Morales, Alberto Gelacio Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, Norma Lucía Piña Hernández, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Yasmín Esquivel Mossa, Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea, y Ana Margarita Ríos Farjat.

A partir de lo aprobado por los ministros, en el estado de Coahuila no se podrá iniciar una acción judicial  en contra de ninguna mujer que cometa el delito de aborto voluntario, ya que entre los derechos de las mujeres a decidir sobre su persona, su cuerpo y sus convicciones y el derecho de la vida de una niña y niño en gestación, los ministros optaron por darle mayor peso a la decisión de las mujeres.

Es correcto que ninguna mujer esté o deba estar en la cárcel o sujeta a proceso judicial por  el delito de aborto voluntario. La sanción penal no es el camino, ni una solución para  evitarlo. En eso todo el mundo tiene el consenso. Un Estado responsable debe crear las condiciones económicas, sociales y culturas para que las mujeres no tengan que recurrir a la cancelación de una vida que llevan en su vientre. Un Estado claudicante les facilita el aborto.

 Pero el hecho de que ninguna mujer deba ir a la cárcel por cometer aborto tampoco implica que por criterios muy personales envueltos en un discurso pro derechos humanos, los ministros decidan que la vida del nasciturus, es decir el bebé por nacer, no deba contar con la misma protección jurídica. En esa confrontación de derechos se sacrificó al más débil e indefenso. Es así como piensa esta Corte que se asume como progresista.

Llama la atención, incluso, que la mayoría de los ministros estén de acuerdo en que no exista certeza científica del inicio de la vida y en consecuencia apliquen criterios tan laxos respecto al  momento en que debe cobrar prioridad proteger esa vida en desarrollo.

Los hombres y mujeres  de toga y birrete trataron de cuidar  las formas pero finalmente cedieron a la ideología de género. Los proyectos de resolución están plagados de criterios ideológicos no argumentos netamente jurídicos.

Solo así se entiende, por ejemplo, que en sus respectivas argumentaciones hayan señalado que la vida en gestación esta protegida por la Constitución mexicana y por tratados internacionales, como el Pacto de los Derechos Humanos y la Convención Interamericana de los Derechos humanos, entre otros, pero a partir de que es persona, es decir, desde que nace, no desde que es un cigoto o feto.

Una pregunta obvia, incluso absurda que debieron formularse los ministros es ¿qué creen que saldrá del vientre de una mujer embaraza al momento de dar a luz: un perro, un gato, una rata? Solo si no tienen  la repuesta lógica se puede entender sus determinaciones.

La vida huma es una constante, desde que el espermatozoide fecunda un óvulo hasta que se nace y muere. En esta fase de desarrollo continuo no deben establecerse  criterios discriminatorios  tratándose de la defensa de la vida de un ser humano, por cierto indefenso.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena llegó al extremo, en un acto de soberbia patética, proponer que la protección jurídica de la vida en gestación debe darse  a partir de las 24 semanas del embarazo, no antes. ¿Sabrá  ese ministro que a la semana 6 de embarazo se empieza a formar el corazón de la niña o niño por nacer?

Por otro lado, resulta una ofensa para las miles  y miles de mujeres mexicanas que históricamente  han vivido y viven en situación precaria, de  violencia, enfermedad, pobreza y marginación, señalar, como esgrimieron los togados que  el derecho a decidir sobre sus cuerpos les otorga dignidad y justicia.

 ¿De verdad así piensan? Su lógica es: a las mujeres pobres, marginadas, mal alimentadas y sobajadas démosle  el libre aborto para que  cuenten con dignidad.

El acto mismo de la despenalización del aborto, lamentablemente, llevará a muchas mujeres, a padecer mayor violencia sexual. En lo que no repararon las y los ministros es que la despenalización del aborto cosifica aún más a las mujeres, las hará más objeto de abuso sexual.

Por último, una joya más a de parte los ministros,  para dar una idea como piensan y como  emiten sus criterios jurisdiccionales.

 Los congresos de los Estados no tienen atribuciones constitucionales para defender la vida en gestación,  es decir, establecer el derecho a la vida desde el momento de la concepción, porque ello se contrapone a la libre decisión de las mujeres a decidir sobre su cuerpo y porque la defensa de la vida, desde esa perspectiva, vulnera principios de la Constitución General de la República.

Increíble.

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