Ernesto Madrid
Las prácticas monopólicas absolutas, es el argumento de la Comisión Federal de Competencia para investigar contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, en que pudieran incurrir gobiernos locales o federal en procedimientos de contratación pública para la adquisición, arrendamiento, servicios de mantenimiento y servicios administrados de tecnologías de la información y comunicación.
El objetivo o efecto, señalo la comisión, es que son susceptibles de la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las conductas irregulares en las que incluye hardware y software, y los servicios de mantenimiento asociados.
Destacó que “esta indagatoria toma relevancia porque toda autoridad gubernamental, independientemente de su nivel de gobierno y facultades, requiere de tecnologías de la información y comunicación para el ejercicio de sus actividades, sobre todo en el contexto de la pandemia por Covid-19, en el que muchas autoridades debieron implementar el trabajo remoto derivado de las restricciones sanitarias”.
La Autoridad Investigadora (Cofece) publicó hoy, en su portal de internet el aviso de inicio de la investigación de oficio de acuerdo con el Plan Estratégico 2022-2025 de la Comisión ya que las contrataciones públicas son un tema prioritario, dado que se utilizan recursos de los contribuyentes y deben asignarse de manera efectiva y en un marco de competencia para que estos maximicen su capacidad de compra en los mejores términos para la función pública.
Conforme a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta por el 10% de sus ingresos.

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También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la realización de estas prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían ser sancionados con prisión de conformidad con el Código Penal hasta por 10 años.
El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir del 31 de marzo de 2022, fecha de inicio de la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones. Si al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno resolvería su cierre.