Casa CDMX Liberan a Brenda Quevedo, acusada en homicidio Walllace

Liberan a Brenda Quevedo, acusada en homicidio Walllace

Quedará en arraigo domiciliario, con localizador electrónico y bajo vigilancia policiaca.

por OSACAR
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En audiencia, el Juez de Distrito Primero de Distrito de Procesos determinó el cese de la prisión preventiva de Brenda Quevedo Cruz, y estableció como medidas cautelares consiste en el arraigo domiciliario con vigilancia de la Policía Federal Ministerial, el uso de localizador electrónico -cuyo costo correrá a cargo de la Fiscalía, quien lo solicitó-, así como la prohibición de salir sin autorización judicial de la zona conurbada de la Ciudad de México ni del país, además de la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima indirecta o a su domicilio.

El caso al que está vinculada Quevedo Cruz es el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace Miranda, quien era hijo de Isabel Miranda de Walllace.  Los hechos ocurrieron en el 2005.

Lo anterior, en cumplimiento de la resolución del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Primer Circuito en el Toca Penal 176/2022 de fecha 21 de junio , en la que determinó el cese de prisión preventiva como medida cautelar impuesta, al considerar que no se justifica la prolongación de la prisión preventiva por tratarse de una medida excepcional y al no existir una necesidad actual y real para que la misma continúe, ya que los factores que en su momento la justificaron han variado con el transcurso el tiempo.

Brenda Quevedo Cruz fue privada de la libertad el 28 de noviembre de 2007 en Kentucky, Estados Unidos de América, y extraditada a México el 25 de septiembre de 2009, por la supuesta comisión de los delitos de delincuencia organizada y privación de la libertad en la modalidad de secuestro.

La Defensoría Pública tiene la representación legal de Brenda Quevedo, y desde septiembre de 2019, ha impulsado diversas acciones legales con la finalidad de que cesara la medida cautelar de prisión preventiva impuesta dentro de la causa penal 286/2019 del índice del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales, en tanto que consideramos que la prolongación del plazo para ser juzgada y por lo tanto de la prisión preventiva por más de 15 años a la que estuvo sujeta, no es razonable y, por el contrario, resulta excesiva.

En el análisis del plazo de la prisión preventiva en este caso, la autoridad jurisdiccional determinó que, si bien se había resuelto que el plazo al que había estado sujeta Brenda Quevedo era razonable, en el caso, no procede prolongar la prisión preventiva, pues dicha medida actualmente no es proporcional ni adecuada, toda vez que no existe una necesidad actual y real para que la misma continúe, razón por la cual estableció que procede el cese de la prisión preventiva decretada, debiéndose imponer una medida cautelar diversa.

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En cumplimiento de dicha resolución, se celebró audiencia de cambio de medida cautelar, en la que se estableció la sustitución de la prisión preventiva, por las medidas cautelares impuestas. Esta decisión se suma a las 555 resoluciones dictadas en favor de personas representadas en las que se ha determinado el cambio de medida cautelar.

Brenda Quevedo es sobreviviente de actos de tortura sexual, ocurrida en el contexto de su detención y privación de la libertad, violaciones que recientemente se acreditaron en la recomendación VG127/2023 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como en la Opinión 45/2020 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, en dónde señaló su preocupación, al ser uno de los muchos casos que se le han presentado relacionados con la privación arbitraria de la libertad que podrían dar cuenta de una práctica sistemática.

Actualmente, su caso se encuentra en etapa de fondo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Se espera que Brenda Quevedo sea liberada en las próximas horas y siga su proceso fuera del centro penitenciario bajo la representación del IFDP.

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