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Poder Judicial viola soberanía de los estados y la división de Poderes al ordenar despenalizar el aborto

por Redacción
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*Con su resolución dirigida al Congreso de Guanajuato, el Poder Judicial desconoce autonomía del Congreso local para dictar sus propias leyes.

*Los ministros de la SCJN pretenden violentar la libre configuración legislativa de los estados.

*Derogar este delito dejaría en la indefensión a la mujer embarazada y aumentaría la impunidad de violentadores sexuales.

Guanajuato, Guanajuato. – Especialistas en Derecho Constitucional y Organizaciones de la sociedad civil, encabezadas por el movimiento Dales Voz y UNNA, plataforma enfocada en la protección de las mujeres embarazadas, consideraron que la imposición de 90 días al Congreso local para despenalizar el delito de aborto en la entidad significa una flagrante violación del Poder Judicial respecto a la soberanía de diputadas y diputados para legislar en la entidad.

En un comunicado, consideraron que esta determinación judicial vulnera el Derecho a la Maternidad de la mujer embarazada y el Derecho a la Vida a las hijas e hijos en el vientre materno; además que desconoce la libre configuración legislativa de los estados, principio constitucional que regula que los asuntos de organización interna corresponden a los Congresos y constituciones estatales, dentro del marco constitucional federal, sin la injerencia de otro Poder de la Federación.

Precisó que los ministros carecen de facultades y atribuciones para imponer sus criterios en congresos locales, en los que de acuerdo con sus atribuciones y soberanía sí tienen la plena autonomía para dictar sus propias leyes locales, sin ningún tipo de imposición.

Poder Judicial viola soberanía de los estados y la división de Poderes al ordenar despenalizar el aborto

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Dales Voz y otras organizaciones criticaron que como si se tratara de un mero trámite, la Suprema Corte determinó un plazo para despenalizar el delito de aborto, a partir de un amparo promovido por una organización. Existe una suplantación de funciones, puesto que la SCJN asume atribuciones legislativas que no le corresponden, en franca violación a la División de Poderes.

La abogada y especialista en Derecho Constitucional, Paulina Hernández Torruco recordó las recientes expresiones, claras y contundentes, de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, en el sentido de que “la Corte no legisla…”, declaración pública en la que estableció que la anterior Corte había incurrido en ese error de procedimiento, de legislar aun y cuando no es su atribución constitucional.

En lo específico, cuestionó que la Corte mantenga su pretensión de presionar y obligar a los Congresos de las entidades federativas a despenalizar el crimen de aborto, entre otros temas contra la vida y la familia cuando el Poder Legislativo tiene entre sus facultades y atribuciones exclusivas la deliberación, creación y modificación de sus leyes, según sus condiciones y necesidades específicas.

Poder Judicial viola soberanía de los estados y la división de Poderes al ordenar despenalizar el aborto

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En este sentido el académico y especialista en Derecho Constitucional, Francisco Vázquez Gómez Bisogno, explicó que el Poder Judicial no puede invadir funciones de diputadas y diputados locales de ningún estado, que integran un órgano constitucional autónomo, como lo es el Congreso de un estado libre y soberano, el cual, bajo ninguna circunstancia, puede recibir órdenes de otro Poder de la Federación para crear, modificar o derogar leyes sobre ningún tema específico.

Aunado a ello, advirtió sobre el riesgo de despenalizar el crimen que constituye cancelar la vida desde el vientre materno, ya que ello significa en realidad una extensión de la violencia en contra de las mujeres. Es inviable que un mandato judicial pretenda anular la voluntad de la mayoría de los ciudadanos, expresada en el Congreso y en la autonomía entre Poderes del estado, estableció.

Tanto Paulina Hernández Torruco como Francisco Vázquez Gómez Bisogno Citaron que los estados gozan de la prerrogativa constitucional de la libre configuración legislativa, que les permite analizar, discutir y en su caso rechazar o aprobar de manera libre leyes apegados al marco constitucional. La Suprema Corte no puede asumir esa tarea y ordenarle a las diputadas y diputados del estado de Guanajuato en que sentido deben aprobar modificaciones al Código penal local, como pretende.

Por eso, hicieron un llamado a organizaciones de la sociedad civil a que defienda la soberanía del Congreso local y las instituciones del estado de Guanajuato y con ello se privilegie la vida de las niñas y niños por nacer y se dejen de lado medidas que en nada benefician, ni protegen a las mujeres, en especial a las mujeres embarazadas.

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