Casa Política Juez otorga segunda suspensión provisional contra el INE por Reforma Judicial

Juez otorga segunda suspensión provisional contra el INE por Reforma Judicial

por Redacción
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Ciudad de México.- La Jueza Grissell Rodríguez Febles, titular del Juzgado Quinto de Distrito de Yucatán, concedió una segunda suspensión provisional que ordena al Instituto Nacional Electoral (INE) abstenerse de continuar con la organización de las elecciones al Poder Judicial de 2025, y al Senado de no emitir la convocatoria para la postulación de candidatas y candidatos.

De acuerdo con el falló de la Jueza de Distrito, el poder Legislativo no tiene el alcance de afectar al Poder Judicial ya constituido. El fallo se da por una demanda de amparo que fue interpuesta el pasado 30 de septiembre, la cual señaló que el proceso legislativo que dio origen al decreto de reforma al Poder Judicial amenaza el equilibrio que debe existir entre los poderes.

También instruyó a la Cámara de Diputados que frene el proceso de adecuación de las leyes federales, mientras que los Congresos estatales tampoco podrán llevar a cabo las reformas a sus constituciones.

Juez otorga segunda suspensión provisional contra el INE por Reforma Judicial

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Además, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) no deberá entregar al Senado de la República el listado con la totalidad de los cargos de personas juzgadoras, indicando el circuito judicial, especialización por materia, género, vacancias, renuncias y retiros programados, ni la demás información que le sea solicitada; asimismo, debe abstenerse de continuar con la implementación de la reforma, en el marco de su esfera de competencia, y debe gestionar el presupuesto necesario para preservar la autonomía presupuestal del poder judicial.

En tanto, el Director del Diario Oficial de la Federación debe abstenerse de publicar actos encaminados a implementar la pretendida reforma.

La juzgadora Federal, Rodríguez Febles solicitó a las autoridades que cualquier inconformidad se dirima a través de los recursos legales y no por medio de los medios de comunicación o redes sociales, porque esos cauces no son reconocidos como un medio de defensa para el juicio de amparo, y con eso, o con descalificaciones, no puede quedar sin efecto una medida suspensional.

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