La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprobó nuevos lineamientos de audiencias, pero México Evalúa y Human Rights Watch advierten que las sanciones y la suspensión precautoria de transmisiones podrían ampliar la intervención del Estado sobre los medios.
Por Ernesto Madrid
La CRT aprobó este mes los nuevos lineamientos para la protección de audiencias, una reforma que endurece las reglas para los concesionarios de radio y televisión en México. Aunque la autoridad asegura que no habrá censura, organizaciones como México Evalúa y Human Rights Watch ven riesgos concretos para la libertad de expresión.
La CRT dice que no censurará contenidos
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, con ajustes en atención de quejas, sanciones y distinción entre información y opinión.
Su presidenta, Norma Solano Rodríguez, rechazó que exista censura y sostuvo que la autoridad no revisará contenidos, sino únicamente que los medios cumplan los procedimientos para atender a sus audiencias.
Las sanciones podrán ir de 0.1% a 1% de los ingresos anuales del concesionario cuando incumpla obligaciones como:
- Contar con defensoría de audiencias
- Tener un código de ética
- Disponer de mecanismos para atender quejas
El punto delicado está en lo que la autoridad podrá hacer cuando una controversia escale. La nueva legislación contempla la posibilidad de suspender precautoriamente una transmisión ante determinados incumplimientos.
México Evalúa: el Estado no debe ser árbitro del debate
México Evalúa considera positivo fortalecer los derechos de las audiencias, pero advierte que la regulación puede ampliar innecesariamente la intervención gubernamental en decisiones editoriales.
Su preocupación central es la combinación de multas de hasta 1% y suspensión precautoria, especialmente cuando la controversia involucre contenidos periodísticos o informativos. Para el organismo, el Estado debe garantizar derechos, pero no convertirse en árbitro de lo que periodistas y medios pueden publicar.
México Evalúa pidió además:
- Limitar la suspensión a los supuestos expresamente previstos en la ley
- Establecer sanciones proporcionales
- Precisar quiénes estarán sujetos a los lineamientos
- Fortalecer las vías de defensa judicial
Human Rights Watch advierte efecto inhibidor
La advertencia coincide con la de Human Rights Watch. El organismo señaló que la regulación podría generar presión sobre medios independientes si la autoridad adquiere capacidad para determinar si una información es falsa, descontextualizada o desactualizada.
Jorge Peniche, investigador de HRW, planteó el problema de fondo: la veracidad es una obligación periodística, pero no corresponde al gobierno decidir si un medio hizo correctamente su trabajo.
El riesgo está en quién tendrá la última palabra
La CRT sostiene que los lineamientos no permiten revisar contenidos y que las sanciones sólo procederán después de incumplimientos específicos del procedimiento. Pero el debate no termina ahí.
La cuestión es qué ocurrirá cuando una queja de audiencia involucre precisamente una nota periodística, una investigación o una decisión editorial. Ahí aparece la zona de riesgo: una regulación diseñada para proteger a las audiencias podría terminar produciendo autocensura si el costo de equivocarse frente a la autoridad es demasiado alto.
La protección de las audiencias es legítima. La pregunta constitucional es otra: ¿quién protege a la sociedad cuando la autoridad se convierte en juez de los medios?
Cuándo entran en vigor los nuevos lineamientos de la CRT
Los lineamientos entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Ahí comenzará la verdadera prueba: si la CRT se limita a garantizar procedimientos, como sostiene, o si la nueva arquitectura regulatoria termina influyendo sobre aquello que precisamente la Constitución protege: la libertad de expresión, la libertad editorial y el derecho de los ciudadanos a recibir información plural.