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CNDH dirige recomendación a la FGR por omitir proteger a 21 adolescentes migrantes abandonados

por Redacción
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 La FGR no dio aviso de forma inmediata a la Procuraduría de Protección de NNA para que se brindara atención a las 21 personas menores de edad rescatadas. Además, se estableció que la Representación Social Federal no realizó diligencia alguna para localizar a las 21 personas adolescentes, a pesar de contar con nombres, edades y nacionalidades

México.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 31/2023 al titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, por violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y al principio del interés superior de la niñez en agravio de 21 personas adolescentes en contexto de migración rescatados de un inmueble en la ciudad de Chihuahua.

El 17 de septiembre de 2021, la Agencia Estatal de Investigación de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua (FGE Chihuahua) recibió una llamada que alertaba sobre personas en contexto de migración que se encontraban en condiciones de hacinamiento dentro de una bodega. Al llegar al lugar, solicitaron su rescate 340 personas, de las cuales, 21 eran adolescentes.

Ante la inexistencia de un protocolo de actuación conjunta entre autoridades estatales y dependencias como el Instituto Nacional de Migración (INM), la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), la FGR y la Procuraduría Federal de Niñas, Niños y Adolescentes (NNA), la Fiscalía estatal, con ayuda de una asociación civil trasladó a las personas en contexto de migración a tres albergues y dio aviso al Ministerio Público Federal de los hechos, quedando a disposición de la FGR 264 personas, incluidas 20 personas menores de edad.

CNDH dirige recomendación a la FGR por omitir proteger a 21 adolescentes migrantes abandonados

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El 8 de octubre de 2021, la coordinadora jurídica de la asociación civil notificó a la Subprocuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Chihuahua que un adolescente ya no se encontraba en el albergue. En otro momento, los otros 20 menores de edad también salieron del refugio temporal. A pesar de haberse iniciado una carpeta de investigación por tráfico de personas, la Representación Social Federal no canalizó a las personas adolescentes, acompañados de adultos o no, a la Procuraduría de Protección de NNA dependiente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), con el fin de que se les diera representación jurídica y se les dictaran medidas de protección y restitución de derechos.

El Ministerio Público Federal, por su parte, decretó el no ejercicio de la acción penal por falta de elementos a procesar y no existe evidencia de que, a la fecha, se haya iniciado algún procedimiento administrativo de investigación relacionado con los hechos.

Del análisis lógico-jurídico de las pruebas, se evidenció que la FGR no dio aviso de forma inmediata a la Procuraduría de Protección de NNA para que se brindara atención a las 21 personas menores de edad rescatadas. Además, se estableció que la Representación Social Federal no realizó diligencia alguna para localizar a las 21 personas adolescentes, a pesar de contar con nombres, edades y nacionalidades.

Por lo anterior, la CNDH solicitó al titular de la FGR dar vista al agente del Ministerio Público Federal para que inicie una carpeta de investigación a efecto de localizar a las 21 personas adolescentes y se les otorgue la atención médica y psicológica que requieran por las acciones y omisiones que dieron origen a esta Recomendación. Asimismo, pide que se les inscriba en el Registro Nacional de Víctimas; se les conceda la reparación integral del daño causado y, en caso de no localizarlos, se dejen a salvo sus derechos para que los hagan valer con posterioridad.

La FGR deberá emplear los mecanismos de apremio para sancionar a las personas servidoras públicas responsables de las omisiones evidenciadas en la presente Recomendación. Y, finalmente, se deberá diseñar e impartir un curso integral sobre capacitación en materia de derechos humanos referente a la aplicación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como a la seguridad jurídica, el cual deberá estar dirigido a las personas servidoras públicas en funciones de investigación de la Subdelegación de Procedimientos Penales Zona Centro de la FGR en Chihuahua.

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