Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó durante la madrugada de este 15 de octubre en lo particular con cambios el dictamen a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Amparo, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
La iniciativa presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum fue avalada por 322 votos a favor, 128 en contra y 3 abstenciones, y devuelta al Senado con una nueva redacción del artículo 3º transitorio para diferenciar las etapas en que los juicios en curso se resolverán con las disposiciones vigentes y cuáles con las nuevas reglas.
El diputado Hugo Eric Flores Cervantes (Morena) señaló que la nueva redacción del transitorio es un tema de derecho procesal que deriva de una disposición constitucional, en el artículo 14.
🔴El Pleno de la #CámaraDeDiputados aprobó, en lo general, el dictamen a la minuta que modifica la #LeyDeAmparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución.
🙋🏽♀️ Diputadas y diputados continúan su discusión en lo particular. https://t.co/P1HwlFQGJy
— H. Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) October 14, 2025
Planteó que las etapas del proceso concluidas se regirán por las disposiciones vigentes, mientras que las posteriores a la entrada en vigor de la reforma, bajo las disposiciones del decreto.
“Los asuntos presentados posteriormente implican una distinción temporal: lo hecho queda bajo la ley antigua y lo que se haga después bajo la nueva. Esa es la redacción que estamos proponiendo en el Artículo Tercero Transitorio”, explicó el legislador.

“Madrugan” diputados y aprueban minuta que reforma la Ley de Amparo
Al respecto, el coordinador del grupo parlamentario de Morena, Ricardo Monreal Ávila, explicó que esta reserva es impecable y busca disminuir los miles de recursos de impugnación y de solicitudes de nulidad interpuestos por despachos grandes que defienden a empresarios o a gente poderosa.
De igual forma, el Pleno de la Cámara Baja aceptó la reserva del diputado Julio César Moreno Rivera (Morena) para modificar la fracción III del artículo 128 de la Ley de Amparo y cambiar el término de “interés público” por “disposiciones de orden público”. Asimismo, se eliminó la fracción V de dicho artículo, el cual señalaba “que de ejecutarse el acto se puedan causar daños de difícil reparación”.
Una de las medidas centrales de la reforma es la materia de improcedencia del amparo en términos de créditos fiscales firmes, que que la suspensión surtirá efectos solo si el interés fiscal se garantiza mediante billete de depósito, emitido por una institución autorizada, como el Banco del Bienestar, o mediante una carta de crédito, emitida por instituciones autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y registradas ante el Servicio de Administración Tributaria.

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En el Código Fiscal de la Federación se prevé que el recurso de revocación será improcedente cuando se trate de créditos fiscales determinados en resoluciones firmes, o de determinaciones que resuelvan solicitudes de prescripción sobre esos créditos.
La reforma también prevé cambios a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para excluir de su competencia las resoluciones fiscales que exijan el pago de créditos fiscales ya determinados en liquidaciones firmes o actos que resuelvan solicitudes de prescripción de dichos créditos.
El dictamen precisa que esas modificaciones buscan evitar la reapertura indebida de litigios sobre cuestiones ya definidas, mejorar la seguridad jurídica y la eficiencia administrativa, y prevenir sobrecargas innecesarias en el sistema de justicia fiscal.