Por culpa del presidente, Cofece no puede proceder en prácticas antimonopolio

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Ernesto Madrid

La Comisión Federal de Competencia (COFECE) culpó al presidente Andrés Manuel López Obrador en su omisión de proponer al Senado los comisionados faltantes, por lo que el órgano de gobierno no puede resolver el procedimiento sobre barreras a la competencia en el mercado nacional de combustibles para aeronaves.

Destacó que únicamente cuenta con cuatro de los siete comisionados que por mandato constitucional deben conformarlo ya que se requiere el voto afirmativo de al menos cinco comisionados y actualmente solo están en funciones 4 de 7 comisionados.

En un comunicado destacó el organismo que los artículos 28 y 89, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen que es responsabilidad del titular del Poder Ejecutivo proponer al Senado de la República a las personas que ocuparán las vacantes del Pleno de la Cofece, para su ratificación.

Por tal motivo aclaró que no pueden proceder sobre barreras a la competencia en el mercado nacional de combustibles para aeronaves, el cual incluye la producción, importación, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización, expendio y servicios relacionados (expediente IEBC-002-2019).

Por culpa del presidente, Cofece no puede proceder en prácticas antimonopolio

Precisó que, en marzo del presente año, la Autoridad Investigadora de la Cofece emitió el Dictamen Preliminar (DP) mediante el cual concluyó que existían elementos para determinar preliminarmente la falta de condiciones de competencia efectiva en dicho mercado, por lo que propuso medidas correctivas para eliminar las barreras a la competencia identificadas.

Este DP fue notificado a diversos agentes económicos y autoridades públicas y posteriormente, una vez sustanciada la segunda etapa del procedimiento y desahogadas las pruebas ofrecidas, se tuvo por integrado el expediente en septiembre, por lo que el Pleno debía emitir una resolución en un plazo máximo de 60 días, de acuerdo con la fracción VII del artículo 94 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) no lo cuál no ha podido realizar.

Ante esto la Cofece está imposibilitado legalmente para resolver este expediente, por lo que el Pleno suspendió el plazo para emitir la resolución hasta que se cuente con el número mínimo de comisionados requerido; de tal forma que pueda someterse a votación la resolución de este expediente.

Lo anterior trae como consecuencia que el mercado opere sin condiciones de competencia efectiva y se esté genera perjuicios tanto a los consumidores como a los agentes económicos que ahí participan. La suspensión impide que el Pleno evalúe dichas condiciones y, de así proceder, imponga medidas correctivas que protejan el interés público.

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