México.- La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular por 479 votos, reformar la Ley del Seguro Social, en materia del derecho a la igualdad entre mujeres y hombres a recibir la pensión por fallecimiento de la persona asegurada o pensionada.
El dictamen, que modifica los artículos 64, tercer párrafo fracción II, 65, 84, párrafos primero fracciones III y IV y segundo, y el 130, se remitió al Senado para sus efectos constitucionales
Aprueba Cámara de Diputados reforma a la Ley de IMSS
Establece que las pensiones y prestaciones de seguridad social serán extensivas para la persona cónyuge supérstite, a quien se le otorgará una pensión equivalente al cuarenta por ciento de la que le hubiese correspondido a la persona asegurada, tratándose de incapacidad permanente total.
Precisa que solo a falta de persona cónyuge tendrá derecho a recibir la pensión quien haya vivido en concubinato con la persona asegurada durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien tuvo hijos, siempre que ambas personas hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.